Hace ya más de un año que entró en vigor la ley 8/2021, de 2 de junio, que modificó tanto el
código civil como distintas leyes procesales introduciendo unos nuevos parámetros en todo
nuestro ordenamiento en cuanto al establecimiento de medidas jurídicas de apoyo a las
personas con discapacidad.

La aplicación a nuestro Derecho de estos parámetros establecidos por la Convención de Nueva
York, sobre los derechos de las personas con discapacidad ha supuestos la introducción de
importantes modificaciones normativas, no sólo en sede de curatela, guardador de hecho o
tutela, sino incluso suprimiendo el propio término incapacitado.

En este sentido, se le reconoce a la persona plena capacidad, debiendo únicamente
establecerse medidas que garanticen su adecuado ejercicio y la protección de estas personas.

Precisamente de todas estas medidas destacan las medidas de apoyo voluntario, entendidas
éstas como aquellas donde la propia persona con discapacidad, en el pleno uso de sus
facultades y precisamente para el caso en que éstas se vayan reduciendo en el futuro, puede
disponer todo aquello que le permita que su esfera persona y patrimonial quede cubierta por
aquellas personas de su confianza.

En este punto la labor de asesoramiento y entrevista con el notario resulta imprescindible para
determinar las preferencias y los deseos de esta persona.

Estas medidas permiten a la persona con discapacidad garantizar su tranquilidad futura,
estableciendo desde quien le represente en los temas médicos o le asista hasta las reglas de
administración y mantenimiento de su patrimonio, donde se l permite que el discapacitado no
pierda su autonomía y su iniciativa, sino que la misma se complemente con las asistencia de las
personas que considera de su mayor confianza, estableciendo la asistencia de éstas para
aquellos actos de mayor trascendencia patrimonial, lo cual permite apreciar la enorme utilidad
de este documento.

Con este tipo de documentos, el discapacitado no sólo no sale del tráfico jurídico y la vida
diaria, sino que queda además protegido y acompañado, siendo además documentos de poco
coste y que pueden prepararse en pocos días.

Si necesitas más información no dudes en contactarnos.