Se ha publicado la Ley 11/2023, de 8 de mayo, de trasposición de Directivas de la Unión Europea en materia de accesibilidad de determinados productos y servicios, migración de personas altamente cualificadas, tributaria y digitalización de actuaciones notariales y registrales; y por la que se modifica la Ley 12/2011, de 27 de mayo, sobre responsabilidad civil por daños nucleares o producidos por materiales radiactivos, que modifica algunos artículos de la ley del notariado en lo referente al otorgamiento telemático y el protocolo informático.

Cabe destacar que con esta nueva normativa se produce un cambio de paradigma sustancial dado que permitirá que los interesados puedan realizar el otorgamiento de terminados documentos por vía telemática, mediante un sistema de reconocimiento facial y firma electrónica reconocida, produciendo los mismos efectos que si de un otorgamiento presencial se tratara.

En este sentido y con la intención de estar a la vanguardia de la técnica al servicio de los ciudadanos, el Consejo General del notariado, proporcionará plataformas de acceso a los interesados, a través del portal notarial del ciudadano, facilitando, si fuera necesario incluso, una firma electrónica reconocida de un solo uso a los clientes, para que éstos puedan proceder al otorgamiento, con las mismas garantías que el presencial.

A través de dicho portal notarial del ciudadano, se proporcionará a los clientes la posibilidad de elección de notario y de concertar cita con el mismo. Cabe destacar no obstante que este otorgamiento quedará limitado a determinadas intervenciones como pólizas, poderes mercantiles, poderes especiales, cancelaciones de hipoteca, siendo excluidos aquellos actos como poderes preventivos o testamentos que, por su particular relevancia, sobre todo en cuanto al ejercicio de la capacidad se refiere, deben ser realizados presencialmente.

Igualmente se establece la llevanza del protocolo informático, lo cual supone un impulso más, si cabe, a la informatización de las notarías.

Iremos informando de todas estas novedades y recomendamos a todos aquellos que estén interesados y que visiten el portal notarial del ciudadano, a través del enlace que facilitamos en esta web para informarse o bien a través de nuestra dirección o buzón de consultas.

https://www.portalnotarial.es/portal/web/guest/portal-notarial-del-ciudadano