Recientemente se han cumplido tres años de la entrada en vigor de la famosa ley 5/2019, de créditos inmobiliarios, la cual supuso la trasposición a nuestro Derecho de una gran cantidad de normativa comunitaria pero sobre todo la plena aplicación del principio de transparencia material en la contratación bancaria.
Es aspecto que más sale reforzado en con la nueva norma, y por eso se ha de valorar positivamente, es la libre elección de notario que el cliente puede realizar entre los casi tres mil que hay en toda España. Cada prestatario puede elegir el notario que estime de su confianza y dejarse asesorar en todas las cuestiones, no sólo relativas al préstamo, sino también a la compraventa o el negocio jurídico que acompañe al préstamo.
Si bien es cierto que con la nueva normativa se han de esperar una serie de días para proceder a la firma, es destacable el grado de asesoramiento y entendimiento con los que el cliente llega al día de la firma de la escritura de préstamo hipotecario, lo cual es ciertamente muy positivo para el conjunto del sistema.
Los clientes se sienten cómodos preguntando todas las cuestiones que se les plantean y ello facilita el trabajo del notario dado que permite anticipar posibles problemas jurídicos, ofrecer soluciones y sobre todo aclarar las dudas de los clientes para que éstos acudan el día de la firma tranquilos y confiados.
En general, el balance es sumamente positivo, pese al desconcierto inicial en el sistema, de forma que se puede valorar como una normativa que ayuda, aclara y refuerza la posición del notario en todo el sistema de contratación bancaria, erigiendo la institución notarial como máximo garante de este principio de transparencia.
Si deseas saber más sobre esta normativa, y sobre el derecho a la libre elección del notario, puedes consultarnos sin compromiso a través de esta página web o de nuestros teléfonos de atención.